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En un lanzamiento o desahucio la apertura de la vivienda o el local se realiza siempre dentro de un procedimiento judicial, acompañando a la comitiva formada por el letrado de la Administración de Justicia (antes secretario judicial), la comisión judicial, el procurador o, en su caso, la policía. Mi trabajo como cerrajero en estos casos es exclusivamente técnico: abrir la cerradura cuando así me lo requiere la autoridad judicial presente, y en su caso cambiarla después si el procedimiento lo indica. No actúo nunca por cuenta propia ni sin la presencia de la comisión judicial correspondiente.

¿Cuándo necesitas este servicio?

  • Eres procurador, abogado o administrador de fincas y necesitas un cerrajero para un lanzamiento
  • El juzgado ha señalado fecha de desahucio y hace falta apertura de la cerradura
  • Se requiere cambio de cerradura tras la entrega de llaves al propietario o arrendador
  • Un administrador judicial necesita acceder a un inmueble embargado con la comisión correspondiente
  • Un banco o entidad necesita cambiar la cerradura de un inmueble tras un procedimiento de ejecución

Cómo trabajo

  1. Coordino contigo (procurador, letrado o administrador) la fecha y hora exacta señalada por el juzgado.
  2. Acudo al inmueble junto con la comisión judicial en el horario indicado.
  3. Realizo la apertura de la cerradura cuando la autoridad presente así lo requiere.
  4. Si el procedimiento lo contempla, instalo una cerradura nueva para asegurar el inmueble tras el acto.
  5. Entrego las llaves nuevas a quien la comisión judicial indique.

Por qué elegir a Cerrajero El Grande

  • Experiencia colaborando con comisiones judiciales y procuradores en la zona
  • Disponibilidad para adaptarme a la fecha y hora exacta señalada por el juzgado
  • Discreción y trato correcto en una situación que ya de por sí es delicada para todas las partes
  • Cambio de cerradura inmediato tras el acto si así se requiere

Preguntas frecuentes

¿Podéis abrir una vivienda sin orden judicial?

No. En procedimientos de lanzamiento o desahucio solo intervengo acompañando a la comisión judicial, el procurador o la autoridad que corresponda, y siempre dentro del acto señalado por el juzgado.

¿Quién puede contratar este servicio?

Normalmente procuradores, letrados, administradores de fincas o entidades bancarias que gestionan el procedimiento, así como particulares que actúan siempre acompañados de la comisión judicial correspondiente.

¿Cambiáis la cerradura el mismo día del lanzamiento?

Sí, si así lo requiere el procedimiento, para asegurar el inmueble inmediatamente después del acto.

¿Necesitas cerrajero para desahucios y comisiones judiciales ahora?

Llámame y te doy un precio claro antes de moverme de casa.

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