Apertura de vivienda o local acompañando a comisión judicial, procurador o administrador, dentro del marco legal.
En un lanzamiento o desahucio la apertura de la vivienda o el local se realiza siempre dentro de un procedimiento judicial, acompañando a la comitiva formada por el letrado de la Administración de Justicia (antes secretario judicial), la comisión judicial, el procurador o, en su caso, la policía. Mi trabajo como cerrajero en estos casos es exclusivamente técnico: abrir la cerradura cuando así me lo requiere la autoridad judicial presente, y en su caso cambiarla después si el procedimiento lo indica. No actúo nunca por cuenta propia ni sin la presencia de la comisión judicial correspondiente.
No. En procedimientos de lanzamiento o desahucio solo intervengo acompañando a la comisión judicial, el procurador o la autoridad que corresponda, y siempre dentro del acto señalado por el juzgado.
Normalmente procuradores, letrados, administradores de fincas o entidades bancarias que gestionan el procedimiento, así como particulares que actúan siempre acompañados de la comisión judicial correspondiente.
Sí, si así lo requiere el procedimiento, para asegurar el inmueble inmediatamente después del acto.
Llámame y te doy un precio claro antes de moverme de casa.